El Tribunal Supremo de Justicia ordenó a Conatel, en sentencia de la Sala Constitucional, revisar las letras reguetoneras y de las canciones “de cualquier género musical”, para adaptar su difusión a los horarios establecidos en la Ley Resorte. La idea es determinar si las líricas atentan contra el sano desarrollo de niños y adolescentes.
El TSJ aclaró que no puede considerarse “que un género musical sea ilegal” aunque sí sujeto de regulación, por ejemplo, en cómo es transmitido. La Sala añadió que la libertad de expresión es un derecho que puede sufrir restricciones, al estar integrado por varios elementos que pueden ser observados de manera individual.
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La decisión, que incluye la prohibición de publicación de “clasificados porno” en los periódicos, responde a la demanda de Gilberto Rúa para proteger a los niños frente a elementos supuestamente pornográficos “en concordancia con normas bíblicas cual repudia el exhibicionismo Génesis .9.21- (sic) y la prostitución DT .23.17-18 (sic) por ser ofensivo a Dios (…)”.
Fuente: Últimas Noticias